Asignación Familiar
Descripción
La Asignación Familiar es un subsidio estatal para los trabajadores dependientes, independientes, pensionados y subsidiados, por las personas que vivan a sus expensas y cumplan con los requisitos establecidos en la ley.
IMPORTANTE
|
Debido al alto riesgo en que se encuentran expuestas las mujeres embarazadas por la contingencia producida por el Coronavirus, se autoriza a la acreditación de cargas maternales con el certificado del 5º mes de embarazo, sin el timbre correspondiente, evitando que acudan a la COMPIN (según dictamen emitido por la SUSESO. |
El Sistema de Prestaciones Familiares está compuesto por cuatro beneficios: Asignación Familiar, Asignación Maternal, Subsidio Familiar (SUF) y Subsidio Maternal.
Asignación Familiar
¿Cuándo y cómo se paga el dinero de la Asignación Familiar?
- Trabajadores dependientes: es pagado por el empleador, y está incluido en el sueldo.
- Trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios: en la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas.
- Trabajadores independientes que cotizan por cuenta propia: cuando efectúen sus cotizaciones o aportes.
- Pensionados: paga la entidad que entrega la pensión (AFP o IPS).
- Subsidiados por cesantía: se paga junto al subsidio.
Causante | Se paga directamente. |
Hijos menores | Madre con quien(es) viva(n), a petición de ella. |
Cónyuge, hijos mayores de edad | A ellos o la persona que se encuentre a su cargo, si lo solicitan. |
Cualquiera de los causantes | Cónyuge o bien la persona que se encuentre a cargo el causante, en aquellos casos que el beneficiario se rehúse a imprecar el derecho o el pago de la asignación. |
¿Quiénes tienen derecho al beneficio?
Tienen derecho al beneficio las siguientes personas:
- Trabajadores dependientes sector público y privado.
- Trabajadores independientes afiliados a un régimen previsional al 1º de enero de 1974, que contemplara entre sus beneficios el de Asignación Familiar.
- Trabajadores independientes obligados o no a cotizar en el sistema de AFP, que hayan acreditado cargas en el IPS.
- Personas con Subsidio de Cesantía o Subsidio por Incapacidad Laboral (licencia médica).
- Pensionados de cualquier régimen.
- Pensionados de viudez y madre de los hijos de filiación no matrimonial del trabajador o pensionado.
- Instituciones del Estado a cargo de niños huérfanos, abandonados e inválidos.
- Personas naturales con niños a su cargo, por resolución judicial.
- Trabajadores con derecho a prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario que al momento de quedar cesantes percibían asignación familiar.
- Beneficiarios de Pensión Garantizada Universal y de Pensión Básica Solidaria de Invalidez. Solo en relación con su descendencia.
- Los beneficiarios del Subsidio para personas con discapacidad mental menores de 18 años. No obstante sólo pueden tener cargas familiares en relación con su descendencia.
Las personas por la que se cobra Asignación Familiar (causantes de Asignación Familiar) son:
- Cónyuge.
- Cónyuge embarazada.
- Trabajadora embarazada.
- Hijos o hijastros, hasta los 18 años o 24 años, solteros, que sean estudiantes regulares de enseñanza media, normal, técnica especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidos por éste. O bien por los hijos inválidos de cualquier edad.
- Nietos y bisnietos, huérfanos de padre o madre o abandonados por éstos (se les otorga el beneficio bajo los mismos requisitos que a los hijos).
- Madre viuda. En este caso no hay requisito de edad, sin importar si lo es del padre del beneficiario o de otro marido.
- Padres, abuelos u otros ascendientes mayores de 65 años o inválidos de cualquier edad.
- Niños huérfanos o abandonados en los mismos términos que los hijos y los inválidos que estén a cargo de instituciones del Estado o reconocidas por el Supremo Gobierno.
- Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial.
¿Cuál es el monto del beneficio?
El monto mensual de la Asignación Familiar depende del ingreso del trabajador.
De acuerdo a la Ley N° 21.456 a partir de enero del 2023 | |
Ingreso mensual hasta $ 429.899 | $ 16.828 |
Ingreso mensual entre $ 429.900 y $ 627.913 | $ 10.327 |
Ingreso mensual entre $ 627.914 y $ 979.330 | $ 3.264 |
Ingreso mensual a partir a $ 979.331 | 0 |
- Los extranjeros que tengan su cédula de identidad vencida podrán realizar el trámite con su pasaporte y certificado de visa en trámite.
- Quienes reciban Asignación Familiar por causal de invalidez, tienen derecho al doble de la asignación correspondiente.
- La circunstancia de que el monto de la asignación familiar sea 0 (cero) no hace perder la condición de carga para otros efectos, por ejemplo, sistema de salud, servicios de bienestar y otros.
Documentos requeridos:
Las personas deben presentar:
- Cédula de identidad vigente del beneficiario.
- Certificado de alumno regular, en caso de estudiantes que tengan más de 18 y menos de 24 años.
- Dictamen de invalidez de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), tratándose de cargas o causantes inválidos.
- Informe social fundado sobre la condición de abandono en el caso de cargas o causantes abandonados.
- Sentencia judicial con certificación de ejecutoriada dictada por el tribunal de familia o certificado de nacimiento del menor en que conste la subinscripción de dicha sentencia.
Importante:
- No se requiere presentar antecedentes previsionales o certificado de nacimiento, matrimonio o defunción, ya que el ejecutivo de IPS-ChileAtiende los obtiene interna y gratuitamente.
- Normalmente, el beneficiario no requiere presentar contrato de trabajo ni cotizaciones previsionales, pero estos documentos pueden ser requeridos de acuerdo con la información aportada por el sistema.
- Trabajadores independientes obligados a cotizar deben acreditar a lo menos un pago previsional de cotizaciones para pensiones o haber recibido una renta del artículo 22º Nº 2 de la Ley de la Renta, a contar de enero de 2012, según lo que fuere primero.
-
A 1 Formulario Solicitud de Asignación Familiar y Maternal (206 kB)
Descargar formulario, imprimir y llevar a Centro de Atención IPS-ChileAtiende. -
A 2 Declaración Jurada Ingresos Nuevos Beneficiarios (195.5 kB)
Descargar formulario, imprimir y llevar a Centro de Atención IPS-ChileAtiende.
Vigencia
Hasta que el causante y el beneficiario cumplan los requisitos establecidos por ley.
¿Cómo solicitar el beneficio?
Para que una persona sea beneficiaria de la Asignación Familiar debe tener reconocidas y acreditadas sus cargas familiares. Este trámite se realiza ante el organismo que administra las cargas familiares del trabajador, y puede ser una caja de compensación, una AFP, el IPS, entre otras entidades.
Una vez realizado el reconocimiento de cargas familiares, el trabajador comenzará a recibir el pago del beneficio.
Marco Legal
Otros
Descargue los siguientes formularios, complete e imprima: